¿Un juez puede hacer la corrección de una sentencia que profirió y esta se encuentra debidamente en firme y ejecutoriada?
La sentencia cuando están en firme y ejecutoriada es corregible a solicitud de parte o por el juez que la profirió en cualquier tiempo, por casos de error por omisión y otros. Precepto indicado en el Art. 310 del Codigo de Procedimiento Civil o 286 Codigo General del Proceso. El evento que usted solicita debe ser notificado por aviso a las partes que intervinieron en el proceso. Lea detenidamente los articulados señalados y observara que se aplica a su inquietud.
Codigo General del Proceso. Art 286. Errores aritmeticos y otros. Se hace por aviso.
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