Abogados en cali insolvencia economica
Insolvencia económica persona natural no comerciante. (Ley 1564 de 2012 artículos 531 a 576)
Existe una nueva ley de insolvencia para personas naturales no comerciantes.
Esta ley es un mecanismo para lograr un acuerdo para evitar procesos de ejecución, es decir si no puede ponerse al día con sus obligaciones tendrá la oportunidad de re negociar sus deudas. Las personas NO comerciantes tendrán una segunda, oportunidad ante las entidades financieras, antes de ser embargados, o desalojados.
Requisitos:
«Aquellos quienes incumplan el pago de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por más de 90 días, o cursen en su contra dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva»
Deberes del deudor
- El deudor no podrá haber transferido sus bienes seis meses antes de declararse en insolvencia.
- No podrá incumplir acuerdos de pagos.
- La deuda debe significar más del 50% de los activos que tiene la persona para poder acogerse a la insolvencia.
- No podrá solicitar el inicio de otro procedimiento de insolvencia, sino hasta que transcurran cinco (5) años
¿Cómo se puede acoger a la Ley?
1. Negocie sus deudas con sus acreedores
2. Convalide los acuerdos privados a los que llegue con sus acreedores.
3. Liquidar su patrimonio.
Beneficios
- El deudor debe estar totalmente informado de su situación
- Cuando se declare en quiebra total tendrá un apoyo
- Las partes tendrán máximo 90 días de plazo para llegar a un acuerdo
Permitanos realizar el estudio: de insolvencia de persona natural No comerciante.
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