Minuta peticion para tramite del permiso de las 72 horas y cambio de fase con redención de pena
SEÑORES
JUZGADO ___DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE DESCONGESTION
Cali – Valle del Cauca.
REFERENCIA: DAR TRAMITE A PETICION PARA TRAMITE DEL PERMISO DE LAS 72 HORAS Y CAMBIO DE FASE CON REDENCION DE PENA.
CONDENADA. ______________
DELITO: ______________
RADICACION: _________
________________, actuando como apoderada de la señora __________________, solicito se tenga en cuenta lo siguiente para que se dé trámite a lo indicado en la referencia:
MI DEFENDIDA SE ENCUENTRA PRIVADA DE LA LIBERTAD DESDE EL ___DE ____ DE 201_.
LA CONDENA FUE POR 94 MESES DE PRISION.
A LA FECHA EN TIEMPO FISICO HA CUMPLIDO CON 40 MESES.
EN REDENCION SEGÚN CARTILLA BIBLIOGRAFICA TIENE PENDIENTE POR CONTABILIZAR.
PARA ACCEDER AL PERMISO DE LAS 72 HORAS, QUE TIENE DERECHO MI PODERDANTE, DEBE TENER UN COMPUTO DE 31 MESES 3 DIAS.
PARA LA FECHA EN QUE SU DESPACHO RESUELVA LA CONCESION DEL BENEFICIO DE LAS 72 HORAS YA SE HAN CUMPLIDO EL TIEMPO PARA ACCEDER AL PERMISO DE LAS 72 HORAS
MI PODERDANTE LA CONDENO UN JUEZ ORDINARIO NO ESPECIALIZADO.
SE CUMPLEN LOS REQUISITOS PARA QUE SEA CLASIFICADA EN LA FASE MEDIANA DE SEGURIDAD DE ACUERDO AL TIEMPO FISICO Y DE REDENCION QUE TIENE.
Procedo a indicar CUALES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER AL Permiso de 72 horas.
El artículo. 147 de la ley 65 de 1993 o Código Nacional Penitenciario y Carcelario, consagra dentro de los beneficios administrativos que hacen parte del tratamiento penitenciario, el permiso hasta de sentencia y dos horas para salir del establecimiento, sin vigilancia, que puede concederse a los condenados que observen los siguientes requisitos:
- Estar en la fase de mediana seguridad DEBE ESTAR CLASIFICADA POR EL CENTRO DE RECLUSION.
- Haber descontado una tercera de la parte de la pena impuesta. ( YA SE CUMPLIO)
- No tener requerimientos de ninguna autoridad judicial. ( NO TIENE)
- No registrar fuga ni tentativa de ella, durante el desarrollo del proceso ni la ejecución de la sentencia condenatoria. ( NUNCA)
- Haber descontado el setenta por ciento (70%), de la pena impuesta, tratándose de condenados por los delitos de competencia de los Jueces Penales de Circuito Especializados. NO ES EL CASO.
- Haber trabajado, estudiado o enseñado durante la reclusión y observado buena conducta, certificada por el Concejo de Disciplina. ( SU CONDUCTA YA DEBE ESTAR EJEMPLAR)
Así las cosas, es señor JUEZ de conformidad con lo previsto en el artículo 147 del Código Penitenciario, solicito se imparta aprobación a la presente petición para que previa verificación del lugar donde cumplirá dicho permiso y de que será allí recibido por sus moradores, conceda u otorgue dicho permiso administrativo hasta 72 horas, bajo la exclusiva responsabilidad del mencionado director del CENTRO DE RECLUSION INPEC.
Finalmente, es menester manifestar que en este Despacho Judicial no existe registro de otra sentencia ejecutoriada en contra del condenado, por lo que habiendo este cumplido con los requisitos legales objetivos y subjetivos para conceder la aprobación del beneficio administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 79 numeral 5° de la ley 600 de 2000, y el artículo 147 del Código Penitenciario, se impartirá aprobación a la PETICION de conceder u otorgar dicho permiso administrativo hasta 72 horas, bajo la exclusiva responsabilidad del Director de la Cárcel.
En ese orden de ideas, es evidente que en el caso sub-judice se cumplen a cabalidad los presupuestos para que conceda la concesión del deprecado beneficio y en consecuencia ordene su DESPACHO NO SIN ANTES QUE EL INPEC CAMBIE DE FASE A MI PODERDANTE, PARA CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS.
Una vez relatado lo expuesto a su despacho y con la copia también dirigida al centro carcelario ____________, se hacen las siguientes:
PETICIONES:
1-. Requerir al INPEC,. CARCEL ______________I, y una vez allegada la documentación reconocer a favor de la condenada ____________________, el cambio de fase de alta a mediana, teniendo en cuenta que tiene el tiempo de condena cumplida para acceder a ello.
2.- Reconocer a favor de la condenada, el tiempo de pena cumplida hasta la fecha, durante el tiempo que ha estado recluida en la CARCEL_______________, para ello se debe oficiar al INPEC, que envié los cómputos actualizados y así poder usted señor JUEZ, RECONOCER EL TIEMPO FISICO CUMPLIDO Y RESOLVER LE PERMISO DE LAS 72 HORAS A FAVOR DE MI PODERDANTE.
Agradezco oportunamente su respuesta y legalidad en el procedimiento. Atentamente;
__________
C.C ___
T.P _______ DEL CSJ
__________
CCO. CARCEL ERON DE JAMUNDI.
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