La teoría integradora de MacCormick
La teoría integradora de MacCormick
La teoría integradora de MacCormick tiene un mayor acercamiento en cuanto a los sistemas judiciales del Reino Unido puesto que su sistema judicial es basado en precedentes por ello es que MacCormick toma en cuenta que las decisiones que presentan los tribunales no son siempre basados en la normatividad o precedente que se haya tenido puesto que el juez no solo falla de esta forma sino que falla también de acuerdo a su voluntad y valores algo que este autor llama “TEORÍA DE LAS PASIONES” teoría que pide que se integren no solo el elemento normativo sino un elemento descriptivo que ayude a que sea una argumentación explicita ya que en esta se encuentran encubiertas el motivo de las verdaderas decisiones puesto que es en esta argumentación que se exponen los porque del asunto y en donde se puede ver clarificada si puede o no puede ponerse en prueba las hipótesis hechas las cuales llevaron a la toma de la decisión.
La lógica para MacCormick es algo importante puesto que para las decisiones de un juez puede llegar a determinar la mejor manera para que este pueda fallar pero no solo la condena debe ser algo lógico deductivo sino su razonamiento y justificación deben estar irremediablemente ligados. La lógica puede llegar a tener dos sentidos puesto que para el derecho se necesita que al menos un sentido de la lógica sea técnico ya que esta refiere aquella lógica deductiva pero el segundo sentido casi no es empleado puesto que aquí se expresa que la decisión puede ser inconsistente con los principios del derecho por ende esta lógica se diría que va en contra del sentido común entonces las premisas argumentativas expuestas no debieron ser aceptadas.
Se puede decir que MacCormick emplea dos tipos de justificación una INTERNA y otra EXTERNA.
La justificación de primer nivel es aquella que denominamos “Justificación Interna” rige el principio de universalidad de las normas también se cuenta con el principio de una justificación formal en la cual se tratarían y decidirían de igual forma aquellos casos en los cuales ya haya existido un precedente puesto que la universalidad general de las normas hace que se puedan aplicar a cualquier caso y en cualquier momento.
Un ejemplo de esto es si se llega a tratar a una persona con un caso de LESIÓN ENORME favoreciéndolo dado el caso de que esté presente todos las pruebas requeridas para que el juez falle a su favor, este marcaria un precedente y los casos de LESIÓN ENORME que lleguen y tengan los mismo presupuestos legales y normativos de validez deberán ser decididos de igual forma al que marco el precedente frente a este caso.
La Justificación de segundo Nivel es aquella que denominamos “Justificación Externa” en esta justificación se encuentra integrado el principio de universalidad puesto que por la falta de la lógica deductiva, esta “Justificación Externa” también se encarga de controlar la adecuación y la solides de las premisas normativas, se puede afirmar que la justificación externa se encuentra integrada con la razón práctica, es aquí en esta justificación donde el razonamiento deductivo se encuentra limitado pero sigue jugando un papel importante puesto que la insuficiencia de la lógica deductiva se puede hacer notar pero sin embargo esta lógica debe estar implícita, se puede tomar esta justificación como una corrección de premisas.
La universalidad de la norma exige que para justificar una decisión normativa, se cuente al menos con una premisa que sea la expresión de una norma general o de un principio, pero se debe aclarar que aunque una norma tenga el principio de universalidad no va ser lo mismo que tenga el principio de generalidad. Puesto que esto es, una norma puede ser más específica que otra, pero ser igualmente universal, pues la universalidad es un requisito de tipo lógico, que no tiene que ver con que una norma sea más o menos específica.
Se puede decir a manera de ejemplo que una decisión equitativa va implicar que se deba introducir una excepción en una regla general para lograr evitar un resultado injusto; La equidad va dirigida contra un carácter general que presentan las reglas pero esta no va contra el principio de universalidad que las pueda regir.
MacCormick al momento de hablar de los casos fáciles y difíciles puede ser un poco irracional puesto que considerando mi opinión en el derecho es muy raro encontrar casos fáciles puesto que el nivel de argumentación de un abogado puede llevar a convertir estos casos fáciles en casos difíciles puesto que a medida de la presentación de estos él puede ir aduciendo la carga de la prueba y indicios que pueden significar para la otra parte un grado de dificultad para contra atacar lo expuesto por la otra parte.
Cada caso en el derecho tiene su grado de dificultad se puede decir que hasta un caso de una multa de transito se puede llegar a convertir en una caso difícil puesto que la agilidad y la justificación que use la persona puede llegar a ser un caso difícil ya que este puede aducir que atrás de él venía un ambulancia y mil excusas más que a la otra parte le tocaría analizar de fondo.
MacCormick habla de una división cuatripartita en los casos difíciles puesto que en el momento de que alguno de estos cuatro se dé podrá considerarse que es un caso difícil, estas son:
1. Según se trate el tema de interpretación.
2. Según se trate el tema de relevancia.
3. Según se trate el tema de prueba o
4. Según se trate el tema de calificación.
Un ejemplo de un caso difícil puede decirse que es la SIMULACIÓN puesto que en este tema la carga probatoria suele ser considerada bajo unos indicios pero se consideran que es muy difícil porque no se puede conseguir una prueba documental de la voluntad de una persona al momento de comprar o vender un bien.
MacCormick distingue que los jueces no gozan de una discrecionalidad ya que estos se encuentran sometidos a algunos principios como lo son el de universalidad, consistencia, coherencia y aceptabilidad de las consecuencias dichos principios que se deben usar en para justificar las decisiones de los jueces en los casos difíciles.
El requisito de universalidad del que ya he hablo tiene como objetivo lograr la imparcialidad esto quiere decir que si un caso es resuelto en determinado sentido por ser considerado un caso particular que va a estar sometido a un principio o norma general, por esto los casos idénticos serán resueltos en el mismo sentido.
El principio de consistencia este trata de justificar el porqué fue la elección de la norma general previsto en el requisito de universalidad esto se refiere a que todas aquellas premisas normativas no violen o vulneren el derecho que se encuentra vigente.
El principio de coherencia este principio se puede encontrar dividido en dos en la coherencia normatividad y coherencia narrativa ya que ambas no suelen ser lo mismo ya que cada una pretende cosas diferentes.
La coherencia normativa pretende justificar la elección de las normas, este suele ser un mecanismo de justificación porque este se encuentra de acuerdo con la noción de
universalidad porque permite considerar que las normas son un grupo dotadas de sentido y por ultimo entender que esta promueve la certeza del derecho.
La coherencia narrativa suministra un test en relación con cuestiones de hecho cuando no cabe una prueba directa, por observación inmediata, de las mismas con esto se quiere decir que pretende que se asuma los hechos que se encuentran con relación al pasado con una determinada posición puesto que se debe considerar que es aplicable al mundo por medio de principios racionales.
El argumento consecuencialista se entiende que deben tener una relación con el mundo, es decir, que la argumentación jurídica se debe encargar de examinar lo mas cuidadosamente cada uno de los efectos que pueda tener la decisión judicial, este principio se puede llegar a considerar como uno de los fines del derecho.
Para terminar se debe considerar que para Sir Donald Neil MacCormick lo esencial no es que los jueces y los precedentes no tenga discrepancia o que la gente no los pueda apelar sino que lo esencial para este autor es que las personas honestas y razonables puedan discrepar y apelar todas aquellas decisiones lo cual va a provocar que la razón prefiera unos principios emocionales y racionales que antes eran rechazados.