El Derecho Comercial y Sus Fuentes
Derecho Comercial
Las fuentes del derecho comercial se encuentran inicialmente en el nacimiento de los actos mercantiles o causa de las normas, contenidas de las regulaciones o preceptos tendientes a definir y reglamentar la industria mercantil. Las Cuales Se Dividen en Fuentes Auxiliares ó Fuentes Secundarias y Fuentes Principales.
Las Fuentes Auxiliares son de dos clases:
- La Jurisprudencia que es el conjunto de principios y doctrina contenidos en las decisiones de los tribunales
- La Doctrina que son los estudios de carácter científico realizados por los juristas acerca del derecho
Las Fuentes Principales son de dos clases:
- La Costumbre que es la repetición de actos o hechos, de manera uniforme y constante en un territorio determinado que termina aceptándolos con carácter de obligatoriedad.
- La Ley que es en principio una disposición de orden general y permanente, que comprende un número indefinido de personas y de actos o hechos, la cual se define también como una declaración de la voluntad soberana, manifestada en la forma prevenida en la constitución Política la cual cuenta como fuente puesto que es la primera ley del ordenamiento jurídico.
Derecho Comercial Y Su Relación Con Otras Ramas Del Derecho
Derecho Civil: Guarda estrecha relación de la cual se devienen los principios generales del derecho comercial, ya que este representa un soporte en algunas normas puesto que parte de la base de aquellas actuaciones que pueden tratarse por analogía cuando la misma norma comercial no tenga normatividad en aquellos caso.
Derecho Internacional: Tiene relevancia con el derecho comercial porque las relaciones mercantiles no se limitan exclusivamente al territorio de un Estado, cuando se presenta controversias entre leyes comerciales se adoptan tratados y convenios internacionales.
Derecho Penal: Tiene concordancia porque n todas las sociedades existen individuos que atentan o violan los valores que representan, los cuales No pueden dejar de ser tratados como simples comportamientos atentatorios del ordenamiento jurídico mercantil.
Derecho Tributario ó Fiscal: Las partes de la ciencia jurídica que estudia la naturaleza, el desarrollo y las características de los procedimientos o series de actos que deben cumplir los órganos jurisdiccionales, su influencia en la contratación comercial en cuanto a la manera en que esta obliga a las partes a enfrentar los gravámenes fiscales, con el fin de buscar soluciones fiscales favorables a las cuales puedan acogerse los comerciantes.
Derecho Procesal: Hace referencia a las partes de la ciencia jurídica que estudia la naturaleza, el desarrollo y las características de los procedimientos o series de actos que deben cumplir los órganos jurisdiccionales.
El Derecho Constitucional: Guardan una relación importante porque el Estado ha estado aumentando su poder y el grado de intervención que ejercía en las actividades económicas, las cuales genero un estado de desconfianza frente a la efectividad de los mecanismos del mercado que llevo a fortalecer los controles Estatales ejercidos frente a la actividad del sector comercial.
Se busca que el estado tenga una mayor o menor intervención Estatal y entre una mayor participación y autonomía en el sector privado, porque se ve que el sector privado cuenta con ser un generador de desarrollo más eficaz que el estado y ven como forma expedita la intervención en la economía como un medio de bienestar social, justificando el estado que este debe buscar la armonía que debe existir entre producción, distribución, consumo y utilización de los bienes y servicios del bien común.
También se considera importante en cuanto a que el derecho comercial no puede tener una configuración igual al civil si se entiende que estamos en un estado social de derecho puesto que esta constitución política determina el enfoque y la orientación del derecho privado y comercial.
En Colombia el derecho comercial busca abrir fronteras y reducir algunas funciones del estado por medio de la privatización.los principios de derecho comercial se fundamentan en el régimen económico de la constitución política, los cuales están compuestos por cuatro elementos indispensables que son:
- La propiedad y la función social: Es una forma de ordenamiento económico para crear riqueza y extenderla en bien de toda la sociedad.
- La libertad de empresa y la iniciativa privada: Una posibilidad y libertad amplia de desarrollar la iniciativa privada.
El derecho mercantil actualmente manifiesta un mayor interés en por lo colectivo que se traduce en la imposición de nuevos límites al poder de la autonomía privada. Ahora la actuación del estado está basada en las políticas de crecimiento económico y en la redistribución de la riqueza, también vemos que está enfocada en la promoción de nuevos valores que se reclaman desde la propia sociedad. Se encuentra concentrado en un incremento de tratados de libre comercio regulando aquellas actividades mercantiles sin tener en cuenta fronteras o las divisiones políticas de los estados, donde esta ley mercantil se ve más enfocada en adoptar características del derecho internacional.
El Comerciante:
El comerciante es de acuerdo al Artículo 10 del Cód. De Co. “Son todas las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles” por ello se establece que los comerciantes también pueden ser definidas como “Toda persona que profesionalmente se ocupa de actividades mercantiles es
comerciante sin que para ello deba distinguirse si es persona natural o jurídica o si está o no constituida como empresa. La calidad de comerciante se adquiere no por ser empresa, sino porque como empresa se ocupa de actos mercantiles”.
Para adquirir la calidad de comerciante se necesitan unos requisitos primordiales que son:
- La Capacidad: Consiste en poderse obligar por si misma sin el ministerio o autorización de otra persona, se puede entender que también existen personas incapaces los cuales se define que les falta aptitud legal para adquirir derecho y contraer obligaciones.
- Incapacidad Absoluta: Son aquellos impúberes, dementes y sordomudos que no pueden darse a entender, a los cuales sus actuaciones no producen obligaciones y no admiten una caución, sus actuaciones no van hacer validas y por ello pasan a ser nulas porque están viciadas, las cuales deben ser declaradas judicialmente aun sin petición de parte.
- Incapacidad Relativa: El menor adulto no habilitado y el disipador que se halle bajo interdicción, sus actuaciones constan de estar viciados de una nulidad relativa la cual debe ser declarada judicialmente a petición de parte.
- Ejercicio Profesional De La Actividad Mercantil: Habitualidad en la ejecución del acto Comercial Y dependencia económica, en relación con la actividad. Podemos definir que la Habitualidad se entiende como la práctica permanente, metódica dentro los contextos organizados y concadenados de una manera estable y con unidad de propósito que deje entrever de manera inequívoca el desarrollo de una actividad productiva en el mundo del comercio. Y la dependencia económica esta conlleva el lucro o a la utilidad perseguidas como producto de la intermediación mercantil.
Se presume que una persona es comerciante cuando se halla inscrito en el registro mercantil, cuando tiene establecimiento de comercio abierto, y cuando se anuncia en público como comerciante por cualquier medio. Estas no admiten prueba en contrario a diferencia de la presunción de derecho. Los criterios objetivo y subjetivo determinan la calidad de comerciante las cuales se entiende que en la primera el comerciante ejecuta actos del comercio y en la segunda la persona se inscribe en el registro mercantil. Las obligaciones del comerciante se encuentran estipulas en cuanto este debe llevar contabilidad regular de sus negocios, conservar la correspondencia, así como también debe de abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.
El Acto Del Comercio: Es toda operación que se ejecuta sobre mercancías,, que son el lucro, la utilidad, y la intermediación.
Decreto 898 Del 2000
Su tema principal es la reglamentación especial que hace a las camas de comercio en cuanto a su conformación, de sus funciones, sus estatutos, su vigilancia, sus afiliados, sus revisores fiscales, su creación, entre otros