Despido con contrato de aprendizaje
¿Que es un contrato de aprendizaje?
«El contrato de aprendizaje es una forma especial de vinculación dentro del Derecho Laboral, sin
subordinación y por un plazo no mayor a dos (2) años en la que una persona natural recibe formación teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación dentro del manejo administrativo, operativo, comercial o financiero propios del giro ordinario de las actividades del patrocinador con exclusividad en las actividades propias del aprendizaje y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de aprendizaje y el cual, en ningún caso, constituye salario»
ahora bien si bien es cierto el contrato de aprendizaje no es contrato laboral, por linea jurisprudencial la corte suprema de justicia ha extendido el principio de estabilidad laboral reforzada a las madres gestantes en contrato de aprendizaje.
«Lo que se permite es que una vez salga a gozar de la licencia, se suspende el contrato, cesa el pago de por parte de la empresa patrocinadora al aprendiz pero conserva la obligación de hacer aportes a sistema de salud, una vez vencido el término de la licencia, se reanuda el contrato y termina su periodo de aprendizaje.» «fuero de maternidad»