¿Cuánto tiempo tiene la I.P.S y la A.R.L. para emitir su dictamen sobre el origen del accidente o la enfermedad?
¿Cuánto tiempo tiene la I.P.S y la A.R.L. para emitir su dictamen sobre el origen del accidente o la enfermedad?
Cada una de las citadas entidades, así como la junta integrada por las entidades promotoras de salud y administradoras de riesgos profesionales, contarán con un plazo máximo de treinta (30) días calendario para cumplir el procedimiento descrito y comunicar su decisión sobre el origen de la contingencia al empleador, al trabajador y a los demás interesados.
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