Cuanto es el cobro de intereses permitido por la ley en colombia.
¿Cuanto es el cobro de intereses permitido por la ley en colombia?
a) Interes corriente establecido por el Banco de la Republica
b) Legales Por el código civil: 6% anual, remuneratorios y moratorios.
convencionales: una y media vez el interés corriente del mercado (banco de la república) como remuneratorio y una y media vez el interés convencional pactado como moratorio.
c) Código de Comercio: Legales: interés corriente del mercado como remuneratorios y una y media vez este interés como moratorio.
Convencionales: igual que en civil.