¿Cuáles son las ramas de poder público en Colombia?
¿Cuáles son las ramas de poder público?
RAMA EJECUTIVA
A) Sector Central
(i) Presidencia de la República: Corresponde al Presidente de la República, la suprema dirección, coordinación de la autoridad de los diferentes órganos administrativos y por mandato de los artículos 115 y 189 de la Constitución Nacional, es el Jefe del Estado, jefe de gobierno y suprema autoridad administrativo.
(ii) Ministerios: Son los organismos principales de la administración encargados de la dirección, prestación y ejecución delos servicios públicos que les sean señalados por la ley.
(iii) Departamentos Administrativos: Les corresponde dirigir, prestar y ejecutar los servicios públicos que la ley les asigna, se diferencia con los ministerios pues son eminentemente técnicos.
(iv) Superintendencias: Son organismos adscritos a un ministerio que cumplen algunas funciones que le corresponden al Presidente de la República, generalmente ejercen vigilancia sobre entidades particulares sin perjuicio de dirigirlas sobre entidades públicas.
(v) Unidades Administrativas Especiales: Son organismos que previa autorización legal, puede organizar el gobierno, con e l objeto de atender programas específicos.
B) Sector Descentralizado:
a.- Nivel Nacional:
(i) Establecimientos Públicos: Son organismos creados por la ley, la ordenanza o por acuerdo municipal, encargados principalmente de atender funciones administrativas.
(ii) Empresas Sociales del Estado: Constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personerías jurídica, patrimonio propio, y autonomía administrativa, encargada de prestar los servicios de salud.
(iii) Empresas Industriales o Comerciales del Estado: Son organismos creados por la ley, si pertenecen al orden nacional, o por la asamblea o el concejo municipal o distrital, si pertenecen a nivel territorial, tienen por objeto desarrollar actividades de naturaleza industrial o comercial.
(iv) Sociedades de Economía Mixta: Son organismos constituidos bajo la forma de sociedades comerciales, con aportes estatales y de capital privado, creados autorizados por la ley, la asamblea, o el acuerdo municipal o distrital, para desarrollar actividades de naturaleza industrial o comercial.
b.- Nivel Territorial:
(i) Departamentales.
(ii) Municipales o Distritales.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 115 de la CN, las gobernaciones y las alcaldías conforman el concepto de «Rama Ejecutiva».
2. RAMA LEGISLATIVA
A) Senado.
B) Cámara de Representantes.
3. RAMA JURISDICCIONAL
A) Consejo Superior de la Judicatura.
B) Fiscalía General de la Nación.
El Estado colombiano reconoce la doctrina de la división de las Ramas del Poder Público y de los sistemas independientes de control. Respetar las instituciones es entre otras cosas tener presente que ninguna autoridad del estado puede ejercer funciones distintas a las que le atribuye la Constitución y la ley y que intentar suplantar funciones es irrespetar la institucionalidad colombiana. La Rama Ejecutiva no puede investigar ni juzgar servidores públicos lo cual tiene una explicación clara, el ejecutivo no puede investigarse y sancionarse a sí mismo. De lo contrario, estaríamos desconociendo la independencia de las ramas del poder público y atacando la institucionalidad.