como opera la arbitrabilidad en Chile
como opera la arbitrabilidad en Chile:
Chile: Es un sistema muy similar a la legislación arbitral de Colombia, porque es una ley arbitral direccionada al ámbito comercial, existe una igualdad procesal, [i]El Reglamento de Arbitraje Comercial Internacional del CAM Santiago, basado en estándares internacionalmente reconocidos y en concordancia con los lineamientos de la Ley Modelo de Arbitraje Comercial Internacional de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI)
De esta manera lo permite entender el Estatuto de arbitraje, Reglamento de arbitraje internacional y el reglamento procesal de arbitraje.
Estatuto de arbitraje | Reglamento de arbitraje internacional (Camara de comercio de Santiago) | Reglamento procesal de arbitraje |
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1º El Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago (CAM Santiago), en adelante el Centro, es un organismo creado por la Cámara de Comercio de Santiago A.G., dentro de su organización, que tiene por finalidad prestar el servicio consistente en administrar los arbitrajes nacionales e internacionales que se le sometan y la designación de Árbitros y Mediadores cuando las partes así lo hayan pactado. Todo ello conforme a sus respectivos Reglamentos que se encuentren vigentes, las disposiciones legales pertinentes y a lo preceptuado en los presentes Estatutos.
|
Dentro del contexto internacional en la solución de conflictos comerciales internacional, que busca una solución a “medida” es decir elegir la ley aplicable, el idioma que será sustanciado el juicio y la sede arbitral entre otros aspectos.
[ii]El Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago (CAM Santiago), creado por la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) en 1992, con vasta experiencia en la administración de arbitrajes nacionales en Chile, pone a disposición de la comunidad jurídica y empresarial, nacional y extranjera, el servicio de Arbitraje Internacional, para lo cual dispone de árbitros especializados de diferentes nacionalidades, reconocidos internacionalmente, reglas procesales, sistema de tarifas aplicables a los procesos y una Secretaría dedicada a la administración y control de lo arbitrajes internacionales.
|
Artículo 2º.- Solicitud de inicio del arbitraje.
Artículo 3º.- Lugar del arbitraje Artículo 4º.- Plazo del arbitraje Artículo 5º.- Notificaciones Articulo 6º.- Días y horas hábiles Artículo 7º.- Cómputo de plazos Artículo 8º.- Reclamación oportuna Artículo 9º.- Idioma DEL TRIBUNAL ARBITRAL
Artículo 10º.- Composición y calidad del Tribunal Arbitral Artículo 11º.- Designación del Tribunal Arbitral Artículo 12º.- Confirmación de Árbitros Artículo 13º.- Inhabilitaciones al nombramiento y recusaciones sobrevinientes Artículo 14º.- Aceptación y juramento Artículo 15º.- Prosecución del procedimiento arbitral ante nuevo Árbitro. |
FUente:
[i] http://www.camsantiago.cl/files/reglamento_arbitraje_internacional.pdf
[ii] http://www.camsantiago.cl/files/reglamento_arbitraje_internacional.pdf
Articulos relacionados:
- ¿Por qué la lex arbitri desarrolla un rol integrativo y supletorio en el procedimiento de un arbitraje internacional?
- ¿QUE ES EL PACTO ARBITRAL?
- concepto de orden público internacional o doctrina o jurisprudencia de Chile.
- ¿Cuáles son los argumentos para desvirtuar la aplicación del artículo V numeral 1 literal e de la convención de New York y de consecuencia poder conceder el enforcement en caso de anulación del laudo arbitral internacional?