¿Necesita presentar una demanda para aumento de cuota alimentaria?
¿Necesita presentar una demanda para aumento de cuota alimentaria?
Pero antes inicio un proceso ejecutivo. Las debe radicar juntas, porque debe ser el mismo Juez .
Si ya esta el ejecutivo. (En el Ejecutivo solo es necesario el título valor donde esta la obligación clara expresa y actualmente exigible) Se acumulan las dos en procesos diferentes claro esta.
Las cuotas alimentarias siempre tendrán relación con los ingresos económicos, nadie esta obligado a lo imposible el juez fijara la cuota teniendo encueta esos ingresos económicos.
que precio tiene una audiencia conciliacion en centros autorizados
Que precio tiene una audiencia conciliacion en centros autorizados
Las tarifas de las audiencias de conciliacion conciliación dependen de la cuantía en cada centro de conciliacion liquidan los valores dependiendo de las Cuantias.
¿Cuáles son los argumentos para desvirtuar la aplicación del artículo V numeral 1 literal e de la convención de New York y de consecuencia poder conceder el enforcement en caso de anulación del laudo arbitral internacional?
¿Cuáles son los argumentos para desvirtuar la aplicación del artículo V numeral 1 literal e de la convención de New York y de consecuencia poder conceder el enforcement en caso de anulación del laudo arbitral internacional?
De conformidad con algunos abogados especialistas en la materia se surte prevalencia la una de la otra de la siguiente manera:
[i]“el enforcement del laudo arbitral internacional está disciplinado en el sistema ginebrino por la lex arbitri y por la voluntad de las partes, con obvia y evidente prevalencia de la primera sobre la segunda, en caso de contraste. En cambio, en el sistema parisino, tomado en Nueva York por exigencia de la delegación yugoslava, el procedimiento es regulado por las partes, y la lex arbitri viene a tener consideración solamente si las partes no alcanzan un acuerdo sobre las normas aplicables. El proyecto de la Cámara de Comercio Internacional de París otorga a la lex arbitri solo un valor supletorio e integrativo en caso de ausencia de voluntad expresa de las partes respecto a la normatividad procesal. Por consiguiente, puede obstaculizarse el enforcement por errores in procedendo solo si se contravienen las reglas procesales acordadas.”
De esta manera lo permite entender el artículo V numeral 1º dentro de cual se redunda la posibilidad de denegar el execuátur del Laudo Arbitral cuando cuya ley de donde ha sido dictada de esta manera lo prevé.
Articulo V. 1 Sólo se podrá denegar el reconocimiento y la ejecución de la sentencia, a instancia de la parte contra la cual es invocada, si esta parte prueba ante la autoridad competente del país en que se pide el reconocimiento y la ejecución.
- e) Que la sentencia no es aún obligatoria para las partes o ha sido anulada o suspendida por una autoridad competente del país en que, o conforme a cuya ley, ha sido dictada esa sentencia.
Fuente.:
[i] [i] Normatividad procesal aplicable en el arbitraje internacional, Francesco Zappalá Pag 130
¿Si existiendo incompatibilidad entre el pacto arbitral procesal y la lex arbitri, el árbitro internacional opta por el primero en perjuicio de la segunda, el laudo internacional superaría el recurso de anulación y obtendría favorable enforcement?
¿Si existiendo incompatibilidad entre el pacto arbitral procesal y la lex arbitri, el árbitro internacional opta por el primero en perjuicio de la segunda, el laudo internacional superaría el recurso de anulación y obtendría favorable enforcement?
Si, definitivamente en virtud a que no se está respetando el factor heterocompositivo que compone el sistema arbitral, es decir las partes son los gestores directos de la directriz que debe permear el proceso arbitral en el supuesto en que el árbitro no conjugue una de ellas es susceptible de acción de anulación.
Marcos legislativos como Perú y España, al igual que parte de la doctrina reconocen la anulación como una acción y no como un recurso puesto que esta palabra da alusión a una segunda instancia situación excepcional en el proceso arbitral que recientemente está siendo reconocida en el sistema arbitral de Estados Unidos y España. La anulación es una acción en virtud a que la misma no busca una segunda instancia sino que busca una revisión objetiva sobre la legalidad bajo la que se surte el laudo.
¿Cómo se presentan los ordenamientos jurídicos internos frente a la autonomía de la voluntad privada en el pacto arbitral?
¿Cómo se presentan los ordenamientos jurídicos internos frente a la autonomía de la voluntad privada en el pacto arbitral?
- Para eso se debe constatar suscrito o si se está adherido a la convención de Nueva York o de Ginebra de ser así, dicha autonomía de la voluntad privada en el pacto arbitral por regla general debe ser respetada, reconocida y acatada.
En el supuesto de no estar suscrito a dichos convenios el estado receptor del determinado laudo arbitral se reserva el derecho (la Litis) a su ejecución, homologación y reconocimiento del determinado laudo.
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¿Por qué la lex arbitri desarrolla un rol integrativo y supletorio en el procedimiento de un arbitraje internacional?
¿Por qué la lex arbitri desarrolla un rol integrativo y supletorio en el procedimiento de un arbitraje internacional?
Porque es más que probable encontrarse vacíos normativos en lo que comprende el reglamento arbitral del centro que administra el arbitraje o en su defecto de la ley arbitral del país en concreto lo uqe hace necesario la aplicabilidad de la Lex Fori, que no es mas que convalidar la ley del Juez Arbitro que conoce del asunto como medida de fundamento legal para la estimatoria del proceso.
“Lo que hace más que necesario, un suplir cuyos vacíos perpetran el proceso arbitral, lo que en realidad es constante en el sistema arbitral.
Fuente:
[i]Es indispensable que haya conocimiento de la ley procesal del país escogido como sede del arbitraje internacional y que el ámbito legal sea adecuado para la realización de un arbitraje internacional. La evaluación depende tanto de una apreciación subjetiva como del análisis
Jurídico.”
[i] Normatividad procesal aplicable en el arbitraje internacional, Francesco Zappalá Pag 128
¿Cuál es la diferencia sustancial entre la convención de ginebra y la convención de New York respecto al enforcement?
¿Cuál es la diferencia sustancial entre la convención de ginebra y la convención de New York respecto al enforcement?
Es que la convención de ginebra reconoce la aplicabilidad de la ley de acuerdo al ius domicili, para obtener el reconocimiento del enforcemnt positivo se necesita que el tribunal haya hecho el laudo conforme al pacto arbitral procesal y conforme a la lex arbitri, se concentra esencialmente en las condiciones de reconocimiento de los laudos en el ordenamiento jurídico del o de los lugares de ejecución, es necesario el pacto en el proceso arbitral y ley arbitri.
Mientras que la convención de new York reconoce como ley para el proceso arbitral la elegida a mutuo acuerdo por las partes, lex arbitri. (el espíritu contractual es global), busca que los laudos arbitrales hechos en cualquier país sean reconocidos y ejecutados en otro país. Es necesario pacto arbitral o lex arbitri.
concepto de orden público internacional o doctrina o jurisprudencia de Chile.
concepto de orden público internacional o doctrina o jurisprudencia de Chile.
De manera comparativa podemos decir que es muy semejante al orden público reconocido en el marco legislativo colombiano, de conformidad con el colegio de abogados de chile.
“El orden público es necesario para el arbitraje, [i]“La Primera Jornada de Derecho Económico celebrada en la Universidad de Concepción en 1976 sirvió como punto de partida para el análisis académico sobre la materia. En dicha ocasión el profesor Enrique Aimone hizo un brillante análisis para determinar un concepto de derecho económico sobre la base de su evolución histórica y del pensamiento de famosos juristas como Lehmann, Huber, Hedemann, Radbruch, Isele, Cotteley en la Europa continental y de Aftalión y Olivera en América Latina. El mismo Enrique Aimone, ya había planteado en un artículo publicado en 1964 en la Revista de Derecho de la Universidad de Concepción unos primeros conceptos sobre el tema, señalando que el objetivo del Derecho Económico era el de establecer el Orden Público Económico. En esa misma línea, Oscar Aramayo planteaba que el Derecho Económico tenía que preservar el orden público económico, que él lo vinculaba con la ejecución de la política económica del Estado a través de la programación del desarrollo.” el orden público en chile son políticas públicas, es un concepto político que busca proteger los intereses de la comunidad de derecho internacional.”
[i] http://www.colegioabogados.cl/cgi-bin/procesa.pl?plantilla=/cont_revista.html&idcat=32&id_cat=5&id_art=25
como opera la arbitrabilidad en Chile
como opera la arbitrabilidad en Chile:
Chile: Es un sistema muy similar a la legislación arbitral de Colombia, porque es una ley arbitral direccionada al ámbito comercial, existe una igualdad procesal, [i]El Reglamento de Arbitraje Comercial Internacional del CAM Santiago, basado en estándares internacionalmente reconocidos y en concordancia con los lineamientos de la Ley Modelo de Arbitraje Comercial Internacional de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI)
De esta manera lo permite entender el Estatuto de arbitraje, Reglamento de arbitraje internacional y el reglamento procesal de arbitraje.
Estatuto de arbitraje | Reglamento de arbitraje internacional (Camara de comercio de Santiago) | Reglamento procesal de arbitraje |
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1º El Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago (CAM Santiago), en adelante el Centro, es un organismo creado por la Cámara de Comercio de Santiago A.G., dentro de su organización, que tiene por finalidad prestar el servicio consistente en administrar los arbitrajes nacionales e internacionales que se le sometan y la designación de Árbitros y Mediadores cuando las partes así lo hayan pactado. Todo ello conforme a sus respectivos Reglamentos que se encuentren vigentes, las disposiciones legales pertinentes y a lo preceptuado en los presentes Estatutos.
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Dentro del contexto internacional en la solución de conflictos comerciales internacional, que busca una solución a “medida” es decir elegir la ley aplicable, el idioma que será sustanciado el juicio y la sede arbitral entre otros aspectos.
[ii]El Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago (CAM Santiago), creado por la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) en 1992, con vasta experiencia en la administración de arbitrajes nacionales en Chile, pone a disposición de la comunidad jurídica y empresarial, nacional y extranjera, el servicio de Arbitraje Internacional, para lo cual dispone de árbitros especializados de diferentes nacionalidades, reconocidos internacionalmente, reglas procesales, sistema de tarifas aplicables a los procesos y una Secretaría dedicada a la administración y control de lo arbitrajes internacionales.
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Artículo 2º.- Solicitud de inicio del arbitraje.
Artículo 3º.- Lugar del arbitraje Artículo 4º.- Plazo del arbitraje Artículo 5º.- Notificaciones Articulo 6º.- Días y horas hábiles Artículo 7º.- Cómputo de plazos Artículo 8º.- Reclamación oportuna Artículo 9º.- Idioma DEL TRIBUNAL ARBITRAL
Artículo 10º.- Composición y calidad del Tribunal Arbitral Artículo 11º.- Designación del Tribunal Arbitral Artículo 12º.- Confirmación de Árbitros Artículo 13º.- Inhabilitaciones al nombramiento y recusaciones sobrevinientes Artículo 14º.- Aceptación y juramento Artículo 15º.- Prosecución del procedimiento arbitral ante nuevo Árbitro. |
FUente:
[i] http://www.camsantiago.cl/files/reglamento_arbitraje_internacional.pdf
[ii] http://www.camsantiago.cl/files/reglamento_arbitraje_internacional.pdf
Empleados de dirección y confianza
Empleados de dirección y confianza en Colombia
Trabajador de dirección y confianza. (la sola denominación del empleo no determina dicha naturaleza) son aquellos que dentro de la organización de la empresa se encuentran ubicados en un nivel de especial responsabilidad o mando y que por su jerarquía, desempeñan ciertos cargos que en el marco de las relaciones empresa – trabajador, se encuentran más directamente encaminadas a las funciones de representación del empleador. en ese orden de ideas el trabajador de confianza se supone que debe ser alguien de alto mando que recibe un salario que va a corde con su jornada especial (regularmente se realiza con trabajadores que marquen tarjeta, deben tener personal a cargo).
¿Los trabajadores de dirección y confianza tiene derecho a horas extra?
No tienen derecho al reconocimiento de horas extras por laborar en jornada suplementaria.
¿Tienen derecho a el recargo nocturno?
si bien es cierto estos trabajadores no devengan horas extras el recargo previsto legalmente por haber laborado en jornada nocturna, es pertinente precisar que si bien los trabajadores de dirección, confianza y manejo no tienen derecho al reconocimiento de horas extras por razón del cargo, ello no significa que esa misma situación deba extenderse a los incrementos estatuidos por ley, generados por el cumplimiento de una jornada de trabajo ejecutada en horas de la noche.
La anterior inferencia por cuanto, si bien es cierto que los trabajadores de dirección, confianza y manejo están excluidos de la jornada máxima legal y, en consecuencia no devengan aumentos por laborar en jornada suplementaria o de horas extras, ello no significa que la misma exclusión deba extenderse a la remuneración legalmente establecida por recargo nocturno, pues es una regla de interpretación de la ley que las normas que establezcan restricciones o excepciones no son aplicables por analogía. ha señalado la Corte Suprema de justicia “no significa que la misma exclusión deba extenderse a la remuneración legalmente establecida por recargo nocturno, pues es una regla de interpretación de la ley que las normas que establezcan restricciones o excepciones no son aplicables por analogía”. Sentencia CSJ. 40016 de 2012.
¿Una forma que utilizan para evadir el pago de horas extra?
Tenga presente que los empleadores dicen que ciertos trabajadores son de confianza para no pagarles las horas extra, pero cuando se examinan las funciones del trabajo se ve que no lo son. La sola denominación no es suficiente para determinar tal calidad (trabajador de confianza). si realmente no tiene funcines de un verdadero representante del empleador ante otros trabajadores.
«Por expresa disposición legal del artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo, la jornada laboral máxima no se aplica a los trabajadores de dirección y confianza, lo cual utilizan algunas empresas como estrategia para burlar la jornada máxima legal, sin que se pueda considerar a un operario, por ejemplo, como empleado de dirección y confianza, cuando en realidad no tiene facultades para tomar decisiones o para dar órdenes a los demás empleados, menos representan al empleador legalmente.»
Ejemplo de emprendimiento
Emprendimiento Jurídico un ejemplo a seguir.
Muchas personas no entienden la evolución del mercado, las circunstancias de modo tiempo y lugar que nos llevan a buscar soluciones de negocios diferentes a las que existen, si analizas esta pregunta lograras encontrar varios ejemplos a seguir de negocios exitosos.
¿Sera que la sociedad esta en constante evolución y que no tiene un objeto especifico?
La sociedad siempre esta evolucionando en diferentes campos por ejemplo el el industria, y/o tecnológico el cual esta generando una globalizacion, una conexión a nivel mundial, donde tener diferentes idiomas ya no son una limitación para hacer negocios.
Ejemplos como facebook, alibabba, google, demuestra que el internet es un negocio que llego para quedarse y es ahi donde CaliJuridica.com introduce el concepto de abogado on line, para ofrecer soluciones a clientes de diferentes partes del mundo que necesiten solucionar un problema en Colombia, y que no puedan desplazarse.
Como pueden ver nuestro portal es un emprendimiento jurídico que gracias a nuestra perseverancia logramos conectar a muchas personas, y a muchos abogados por medio de nuestra Comunidad Juridica Colombiana, una red social de abogados que esta en constante evolucion y lo mejor de todo es que hasta el momento es gratis, ya que se financia por publicidad como adsense.
Los objetivos estrategicos de CaliJuridica.com es estar siempre en contacto con nuestros clientes, estar en constante alfabetización jurídica. es mas economico una asesoría preventiva que pagar honorarios por corregir un error. tiendo en claro que en muchas ocasiones no se puede corregir del todo.
si tienes tus ejemplos puedes compartirlos con nosotros
Los objetivos estrategicos de nuestro segundo portal consultasentrecolegas.com es generar una conexion juridica entre abogados, aclarar temas e incertidumbres juridicas es un ejemplo contundente queremos generar un cambio, una revolución jurídica perfeccionando el conocimiento de nuestros abogados y estudiantes de derecho.
¿Que otros ejemplos de objetivos estrategicos conoces?
DERECHO LABORAL EN COLOMBIA Y MODOS PRECAPITALISTAS DE PRODUCCION
*Destinado a regular las relaciones entre el empleador y empleado.
*Es la forma como el hombre produce y se apropia o distribuye.
COMUNIDAD PRMITIVA
Se dice que el comunismo primitivo fue la edad más larga de la evolución social. El hombre vivía en manada y tenían una mentalidad de sobrevivir de la naturaleza con lo más básico, algo así como vivir solo del diario, del día a día.
Una de las características de esta comunidad era, el nomadismo porque tenían que estar en constante movimiento para así encontrar los elementos de la supervivencia. Años más tarde aparece la agricultura y su comunidad paso a ser de modo sedentario.
Empezó la etapa de la división natural del trabajo, como todo en algún momento sufre cambios y transformaciones, en esta comunidad se incrementaron las fuerzas productivas y se observó la necesidad de repartir trabajos de acuerdo a edad y sexo de las personas. Los hombres realizaban las labores que requerían mayor fuerza física y las mujeres completaban las labores de menos dificultad.
En cuanto a la división social del trabajo, llegaron tribus dedicadas a diferentes trabajos y especializaciones, en este momento se empezó a dar la noción de bienes, la necesidad del trueque e intercambio de productos. El hombre creo la conciencia de lo propio y lo ajeno, la propiedad tomo significado. Quizás este fue el proceso primitivo de la división del trabajo y hasta nuestra actualidad continua funcionando.
El anterior fue el primer modo de precapitalismo en la historia de la sociedad luego apareció el modo esclavista, feudalismo, capitalista y el comunismo.
En nuestra constitución nacional en el artículo 25, se encuentra pactado el derecho al trabajo que dice: “el trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas”. Las normas del derecho laboral se aplican a los trabajadores públicos y privados.
Cuando hablamos de trabajo es necesario y prudente mencionar el contrato de trabajo que es por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal u otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración. Para que pueda existir contrato de trabajo se requiere que ocurran unos elementos esenciales dispuestos en la norma como el código sustantivo del trabajo. Cuando se ha pactado, este conlleva a unas obligaciones como, las prestaciones sociales que son los dineros adicionales al salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado por sus servicios prestados, es el reconocimiento, a su aporte en la generación de ingresos y utilidades en la empresa o unidad económica. Entre las prestaciones sociales se reconocen, auxilio de cesantías, interés a la cesantía, vacaciones, prima de servicios.
Hace cerca de un siglo se creó la OIT (Organización Internacional del Trabajo) esta entidad corporativa se dedica a emitir normas con la finalidad de regular las relaciones laborales en el mundo.
“La seguridad social es un servicio público de carácter obligatorio que se presta bajo la dirección, coordinación y control del estado, en sujeción a los principios de la eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la ley”. Art.48 C.P.C.
En la vida estamos expuestos a diferentes riesgos por tal, todos los trabajadores deben estar afiliados a la seguridad social, como son las EPS, ARL, AFT.
La EPS se encarga del accidente común, enfermedades generales, maternidad, ARL se encarga de las enfermedades de origen laboral, accidente laboral, enfermedad laboral, y la AFT responde por la invalidez, vejes, muerte. Si padecemos de un riesgo tenemos derecho a unas prestaciones, asistenciales y económicas.