Cuando puede tardar o demorar un proceso judicial en Colombia
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Nuestro objetivo como firma
Nuestro objetivo no sólo es resolver las cuestiones legales que se presentan en la actividad diaria de las personas naturales o empresas , sino anticiparnos en lo posible a su aparición y desde esa perspectiva minimizar sus presuntas consecuencias.
Vivimos en un mundo de ley, es una realidad. «prevenir y evitar un dolor de cabeza»
Abogados en cali CaliJuridica.com esta presente para Usted; informar acerca de la evolución continua de la ley
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Durante un juicio nosotros representamos y defendemos su intereses.
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Matrimonio parejas del mismo sexo
Cualquier pareja del mismo sexo puede concurrir ante un notario y darle la forma contractual que considere a su vínculo.
«La Corte exhortó al Congreso de la República para que regule la institución contractual llamada a remediar esa situación, con un amplio margen para determinar su denominación, naturaleza y alcance.
El parlamento, explicó la corporación, es el escenario que debe regular la familia y el matrimonio, pues se trata del foro democrático por excelencia.
De otra parte, señaló que la vigencia permanente de los derechos constitucionales fundamentales obliga a fijar el 20 de junio del 2013 como fecha límite para expedir la legislación correspondiente.
como ya supero el termino que fijo la corte, los notarios o jueces deberán formalizar y solemnizar un vínculo contractual que les permita constituir una familia a las parejas homosexuales.»
«las notarías del país deberán cumplir la sentencia de la Corte Constitucional que permite celebrar un vínculo contractual solemne para formalizar la unión entre parejas del mismo sexo, tras el hundimiento de la correspondiente ley en el Congreso de la República.»
«los notarios verificarán la capacidad de los contratantes y que la declaración sea voluntaria, espontánea y libre, lo cual será la base de la minuta del contrato, que se elevará a escritura pública.»
«las parejas homosexuales a las que se les niegue contraer la unión conservan la posibilidad de interponer una acción de tutela, con el fin de que se les garanticen de sus derechos fundamentales y el efectivo cumplimiento de la providencia»
abogados en Colombia
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La salud en Colombia
Esta entrada del blog de abogados CaliJuriica.com ofrece una visión de la salud en Colombia
«El tema de la SALUD divide y hasta polariza posiciones de quienes se atreven a abordar un tema que hasta no hace mucho tiempo en nuestro país era tratado como tabú debido a que siempre se han presentado casos de muertes por tramitologías lentas y precarias, sin tocar los intereses y problemas financieros de las estructuras de las EPS e, incluso, con doble moral donde lastimosamente parece que nuestro país tiene una conciencia de tres o cuatro meses, no consintiendo que el debate se enriqueciera y permitiera sacar conclusiones serías, honestas y fundadas sobre la base de unos principios éticos sólidos y respaldada por valores que permitan de alguna u otra manera iniciar, desarrollar y finalizar la temática que ha causado tantas muertes en el sistema de salud.
¿El Estado decidió alejarse de su responsabilidad en el peor momento? El tema sin duda alguna, por lo álgido, sensible y maleable, genera posiciones marcadamente opuestas entre congresistas que presuntamente tienen intereses particulares (independientemente de los gobiernos estos se han convertido en empresarios de la salud), ubicando por un lado a quienes defienden la idea de que en el ordenamiento legal de nuestro país el principal valor es el derecho a la vida, la salud y, como tal, el Estado está en la obligación de garantizarlo como por ejemplo interviniendo las EPS, y por el otro los que dan una prevalencia al interés particular sobre el general contrario sensu al deber ser confirmando que el estado está alejado CON ganancias que solo son posibles con un altísimo grado de corrupción, donde nos toca pedir un medicamento GENERICO , operación y cayendo constantemente en la tutela, acción de desacato, y hasta la solicitud de la superintendencia de salud, para rogar la protección de un derecho que debe ser protegido por la conexidad a la vida. Nosotros no somos los únicos con problemas latentes, la percepción de las autoridades nacionales e internacionales de diferentes países sobre la realidad y los problemas específicos de su población en materia de salud es preocupante. se ha asistido a cambios importantes en relación con el perfil demográfico y epidemiológico de la población y a transformaciones en la gestión y financiamiento de los programas de salud nacionales, la discusión se concentra dentro del contexto de los aspectos que afectan al ser humano y a su dignidad , Colombia esta avanzando constantemente donde es importante establecer un cuadro comparativo sobre la aplicación de los fundamentos sobre los cuales se conforma la sociedad como la Ley 1122 de 2007 Publicada en el Diario Oficial No. 46.506 de 9 de enero de 2007. Donde manifiesta “ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente ley tiene como objeto realizar ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios. Con este fin se hacen reformas en los aspectos de dirección, universalización, financiación, equilibrio entre los actores del sistema, racionalización, y mejoramiento en la prestación de servicios de salud, fortalecimiento en los programas de salud pública y de las funciones de inspección, vigilancia y control y la organización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud”, DECRETO 1280 DE 2002,
Se establece: ‘La competencia asignada al Ministerio de Salud en el artículo 271 de la Ley 100 de 1993, será ejercida por la Superintendencia Nacional de Salud’.
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Levantamiento de patrimonio de familia en Cali
Levantamiento de patrimonio de Familia en Cali
Patrimonio de familia » Un bien se ha salvaguardado para la familia, o la pareja existe una constitución de patrimonio familiar inembargable o afectación a vivienda inembargable, este podrá ser retirado mediante solicitud notarial.»
para realizar este trámite deberá tener en cuenta que debe solicitar la asesoría y el acompañamiento de un abogado y la documentación al día.
Cancelación de patrimonio de familia en cali
Para adelantar una cancelación de patrimonio de familia o levantamiento de patrimonio de familia, analizar unos puntos especificios:
1. es necesario especificar todo , si existen hijos menores de edad o no, esto es determinante para saber si es necesario solicitar la presencia del Bienestar Familiar para que vele por los derechos de esos menores de edad, ademas también hay que determinar si ya se cumplió con el plazo de prohibición de venta, impuesto por la respectiva entidad que otorgo el subsidio (en caso que se haya constituido patrimonio de familia por solicitud de subsidio).
Después de tener claro estos dos punto, podemos comenzar con el tramite de cancelación de patrimonio de familia, para lo cual se requiere de los siguientes documentos:
- Fotocopias de cédula de ciudadanía de las personas que figuren en las escrituras como propietarios.
- Registros Civiles de nacimiento de todos los hijos ya sean mayores o menores de edad.
- Fotocopia de Escrituras con las que se adquirió la propiedad del inmueble.
- Certificado de Tradición y Libertad del inmueble.
- Si hay hijos menores de edad, es importante argumentar el porque de la necesidad de cancelar el patrimonio de familia, y como se va a garantizar la no desprotección de esos menores.
En caso de contratar a un abogado para que se encargue de la cancelación del patrimonio de familia, es obligatorio también anexar poder debidamente otorgado.
Los costos de la cancelación de patrimonio de familia se dividen en tres partes, que son pago de derechos notariales, pago de derechos de registro, pago de beneficencia (costos variables dependiendo del avalúo del inmueble) y pago de honorarios de abogado (en caso de requerir uno).
esto es un tramite notarial, y puede demorarse aproximadamente dos a tres meses cuando hay hijos menores de edad o un mes cuando no hay menores de edad.
Una vez se haya cancelado el patrimonio de familia, el inmueble es susceptible de vender.
Divorcios
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«Disolver o separar el matrimonio, con cese efectivo de la convivencia conyugal, modificando el estado civil, es decir, extinguiendo el vínculo.
Tratándose de un matrimonio religioso, dicha separación adquiere la denominación de CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES, para cuyo trámite se debe, necesariamente haber inscrito civilmente el acta del matrimonio religioso. Cuando el vínculo proviene de un matrimonio civil, su denominación será DIVORCIO.
Requisitos
Con el Decreto 4436 de 2005, que reglamenta el Artículo 34 de la Ley 962 de 2005, se facultó a los Notarios para autorizar la cesación de efectos civiles de matrimonios religiosos y divorcios de matrimonios civiles. Para tal efecto, se requieren dos requisitos esenciales, a saber:
Mutuo acuerdo entre los cónyuges.
Estar ambos representados por un abogado titulado e inscrito.
Además de estos dos requisitos esenciales, para dar inicio a este trámite notarial deberán aportarse los siguientes documentos:
Registro Civil de Matrimonio.
Registro Civil de Nacimiento de cada uno de los cónyuges.
Acuerdo suscrito por los cónyuges, en el cual conste su documento de identidad, edad y residencia, y especialmente, la manifestación de su voluntad de divorciarse o de que cesen los efectos civiles del matrimonio religioso. Además contendrá disposiciones sobre el cumplimiento de las obligaciones alimentarias entre ellos, si es el caso, y el estado en que se encuentra la sociedad conyugal, y se informará sobre la existencia de hijos menores de edad y/o el estado de embarazo de la cónyuge
Poder otorgado por los cónyuges al abogado para que adelante y lleve a término el divorcio o la cesación de efectos civiles del matrimonio religioso ante Notario, incluyendo expresamente, si así lo deciden, la facultad para firmar la Escritura Pública correspondiente.
Solicitud dirigida al Notario debidamente suscrita por el abogado, la cual deberá contener como mínimo los requisitos señalados en el Artículo 75 del Código de Procedimiento Civil Colombiano.
Adicionalmente, si existen hijos menores de edad dentro del vínculo que se pretende extinguir, el acuerdo también comprenderá los siguientes aspectos: la forma en que contribuirán los padres a la crianza, educación y establecimiento de los mismos, precisando la cuantía de la obligación alimentaria, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia y en la Ley de Infancia y Adolescencia, indicando lugar y forma de su cumplimiento y demás aspectos que se estimen necesarios; custodia y cuidado personal de los menores; y régimen de visitas con la periodicidad de las mismas.
Habiendo hijos menores de edad, el Notario le notificará al Defensor de Familia del lugar de residencia de los menores, mediante escrito, el acuerdo al que han llegado los cónyuges. El Defensor de Familia deberá emitir su concepto en los quince (15) días siguientes a la notificación. Si en dicho plazo el Defensor de Familia no ha allegado su concepto, el Notario dejará constancia de tal circunstancia, autorizará la Escritura y le enviará una copia a costa de los interesados.
Las observaciones legalmente sustentadas que hiciere el Defensor de Familia referidas a la protección de los hijos menores de edad, se incorporarán al acuerdo, de ser aceptadas por los cónyuges. En caso contrario se entenderá que han desistido del perfeccionamiento de la Escritura Pública, y se devolverán los documentos de los interesados.
El concepto emitido por el Defensor de Familia competente, será protocolizado en la escritura pública contentiva del acto de divorcio o cesación de efectos civiles.
Una vez satisfechos los requisitos exigidos en la ley, el Notario autorizará la Escritura de divorcio del matrimonio civil o la cesación de los efectos civiles del matrimonio religioso, la cual deberá ser inscrita en el Libro Registro de Varios.
Así mismo, el Notario comunicará dicha inscripción al funcionario competente del estado civil, donde se encuentren registrados el Nacimiento de cada cónyuge y el Matrimonio de los mismos, funcionario éste que hará las anotaciones del caso, con el fin de dejar expresa constancia de la extinción total del vínculo matrimonial.»
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Abuelos nietos pueden demandar o ser demandados por alimentos
hijos, padres,Abuelos nietos pueden demandar o ser demandados por alimentos.
En el artículo 233 del Código Penal se considera a la inasistencia alimentaría como un delito que deberá pagarse con cárcel de 1 a 3 años y multas de 10 a 20 salarios mínimos legales vigentes. La pena puede ser mayor en caso de que se cometa contra un menor de 14 años.
En tal sentido, el artículo 411 Código Civil estipula:
Se deben alimentos:
1o) Al cónyuge.
2o) A los descendientes (demandas por alimentos a los hijos)
3o) A los ascendientes ( demandas por alimentos a los abuelos o padres)
4o) A cargo del cónyuge culpable, al cónyuge divorciado o separado de cuerpo sin su culpa.
5o) A los hijos naturales, su posteridad y a los nietos naturales.
6o) A los Ascendientes Naturales.
7o) A los hijos adoptivos.
8o) A los padres adoptantes.
9o) A los hermanos legítimos.
10) Al que hizo una donación cuantiosa si no hubiere sido rescindida o revocada.
La acción del donante se dirigirá contra el donatario.
No se deben alimentos a las personas aquí designadas en los casos en que una ley se los niegue.
contratos laborales para trabajar en Colombia
Tipos de contrato en Colombia
¿Qué es un contrato de trabajo?
“Elementos esenciales.
1. Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales:
d) La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo;
e) La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de ordenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al país; y,
f) Un salario como retribución del servicio.
2. Una vez reunidos los tres elementos de que trata este artículo, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen”.
- Contrato a Término Fijo
- Contrato a término indefinido
- Contrato de Obra o labor
- Contrato civil por prestación de servicios (civil)
- Contrato de aprendizaje
- Contrato ocasional de trabajo
Consultas abogados via email
Nuestro ámbito de trabajo tiene su sede en la Ciudad de Santiago de Cali; asimismo contamos con colegas en Palmira y Bogota. Los clientes , cuentan con un amplio portafolio de servicios de información, pudiendo realizar sus consultas en forma directa en nuestras oficinas, por vía electrónica y asimismo accediendo a nuestra base de datos on-line.
Contrato agentes comerciales
Indiscutiblemente en el evento donde si existe una relación laboral, debido a que se cumplen tres presupuestos 1. Subordinación, 2 salario, y prestación personal de la labor. La vinculación de los agentes comerciales deben ser necesariamente mediante contrato laboral, (salario mínimo mas comisiones) donde las comisiones no pueden ser menos del salario minimo. El trabajador tiene mas estabilidad y el empleador tiene el control sobre el trabajador con relación a las metas que se fijen de ahora en adelante con el nuevo cargo que piensan crear en la empresa.
Dentro del contexto laboral, las comisiones son salario y no vale ninguna estipulación en contrario al respecto, por lo cual se deben hacer los aportes en seguridad social y el pago de prestaciones sociales incluyéndolas, por lo cual, ninguna cláusula en el contrato puede desconocerlas. Si bien es cierto, las comisiones pueden llegar a ser altas, sugerimos pactar un básico más bajo respetando y garantizando el salario mínimo. Es importante respetar estos derechos para cerrar la puerta de una demanda futura el el art 127 del código sustantivo del trabajo señala “Artículo 127. Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.” De no hacerlo de ese modo no estarían pagando los aportes a seguridad social sobre el salario basico mas las comisiones.
Con base en las comisiones en situaciones particulares lo que se debe liquidar debe ser mes a mes comisiones que den superior al valor del salario minimo, y al terminar el contrato se liquida de base el promedio de lo que devengo mes ames y liquidado por los dias trabajados.
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Abogados en Cali – poder – permiso para salir del pais menores de edad
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